Jueves 30 de enero de 2020. El Directorio del Banco Central de la Rep�blica Argentina (BCRA) dispuso, mediante la Comunicaci�n A6885, complementar el marco normativo general para los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago. Las nuevas disposiciones tienen como fin brindar mayor transparencia al sistema y fortalecer la protecci�n a los usuarios, en un contexto de una mayor inclusi�n financiera.
La Comunicaci�n A6885 busca conocer con mayor precisi�n la actividad operativa y comercial de los PSP que ofrecen cuentas de pago, y responde a las necesidades de supervisi�n de la normativa emitida el 9 de enero pasado, a trav�s de la Comunicaci�n A6859. Sumado a ello y para identificar adecuadamente los roles, la nueva norma del Banco Central precisa aspectos vinculados a la definici�n de PSP y su separaci�n de las figuras reguladas por la Comisi�n Nacional de Valores.
Los PSP deber�n solicitar la inscripci�n, antes del 1� de abril, en el �Registro de proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago� y encuadrarse en un r�gimen informativo y de vigilancia para monitorear su evoluci�n.
Adem�s, en su publicidad, los PSP deber�n incluir una leyenda que deje claro que se limitan a ofrecer servicios de pago y que los fondos no cuentan con garant�a de los dep�sitos que tienen las entidades financieras.
Anteriormente, la Comunicaci�n A6859 estableci� la normativa que ordena el funcionamiento de los proveedores de servicios de pago y el resguardo de los fondos all� acreditados.