El Directorio del Banco Central de la Rep�blica Argentina (BCRA) determin� que las entidades financieras deber�n abrir las cuentas para el pago de prestaciones de la seguridad social a solo pedido de los diferentes entes pagadores de cada jurisdicci�n. La actual Ley de Entidades Financieras estipula que los bancos deben responder a las peticiones del Poder Ejecutivo. De este modo, la ANSeS tendr� la potestad de definir en qu� bancos y en qu� sucursales cobrar�n los beneficiarios de la seguridad social.
El objetivo de la medida es ampliar la cantidad de sucursales y mejorar la distribuci�n geogr�fica en todo el pa�s, a trav�s de las cuales se pagan jubilaciones y pensiones.
Al mismo tiempo, el Directorio tambi�n estableci� que las Obligaciones Negociables de las empresas que tengan buena calificaci�n ser�n elegibles como colaterales en las operaciones con pases activos. Hasta el momento, esa lista de activos elegibles como colaterales inclu�a a los t�tulos del BCRA y a t�tulos del Tesoro Nacional.
Esta decisi�n fue anticipada por el presidente del Banco Central, Miguel Pesce, durante el encuentro que mantuvo el jueves 7 de mayo con el titular de la Uni�n Industrial Argentina, Miguel Acevedo. Esta medida le brinda mayor atractivo a las Obligaciones Negociables que emitieron o emitan las empresas que buscan financiamiento en el mercado interno.
Buenos Aires, jueves 21 de mayo de 2020.